EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ EN UNANIMIDAD INFORMES DE COMISIONES: JURÍDICOS Y SOCIALES

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ EN UNANIMIDAD INFORMES DE COMISIONES: JURÍDICOS Y SOCIALES

LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y LEGISLACIÓN ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (Expte. Nº517/23), el Contador Municipal, Tesorero Municipal, Fiscal Municipal y Juez de Faltas deberán cumplir el Horario corrido de oficina comprendido entre las 07.00 y las 14.00 Hs. de lunes a viernes. Si las necesidades del servicio obligaran a la habilitación de un horario especial, se deberá cumplir siempre que no exceda de 9 horas diarias.

En Artículo 2 establece: “Las licencias para dichos cargos se otorgaran por las siguientes causales: Asunto particulares/ vacaciones / Razones de Salud/ Accidentes de Trabajo / Enfermedad  Profesional / Maternidad/ Desempeñar cargos electivos por representación  Política y/o gremial/ Atención Familiar;”

“Artículo 3: LICENCIA POR ASUNTOS PARTICULARES: Se otorgara hasta 6 días por año calendario con un máxima de 2 días al mes; Artículo 4: LICENCIA POR VACACIONES: La licencia anual por vacaciones se acordará por año calendario vencido. Su utilización es obligatoria y se concederá con goce Integral de haberes,  no podrá ser fraccionada, ni postergada sin consentimiento- El término de la licencia anual será de diez (10) días laborables, más un (1) día por año de antigüedad hasta un máximo de treinta (30) días”.

“LICENCIA POR RAZONES DE SALUD: Para el tratamiento de afecciones  comunes  o  par  accidentes acaecidos fuera del servicio, se concederá a hasta veinte (20) días corridos de licencia por  año  calendario  en  forma  continua  o  discontinua,  con percepción Integra de sus haberes. Por afecciones que impongan largo tratamiento de la salud, se dará intervención a Salud Publica de la  Provincia de  Río Negro para que determine mediante historia clínica el temperamento a adoptar y que las causales invocadas imposibilitan el normal cumplimiento de sus funciones. En caso de enfermedad profesional contraída en acto de servicio o enfermedad originada por el hecho o en ocasión de un trabajo se dará intervención a la Aseguradora de riesgos de trabajo de acuerdo  a  los  procedimientos  establecidos.  En  caso  de  no someterse a tratamiento médico, perderá sus derechos de las licencias y beneficios que otorga la presente Ordenanza.   En todos los casos la causal de enfermedad será justificada por Medico Oficial y comunicada al responsable de personal de la Municipalidad en el término de 24 horas.”

“LICENCIA POR MATERNIDAD: Por maternidad se acordara licencia remunerada de (seis meses) días divididos en dos (2) periodos, uno anterior a la fecha probable de parto de un mes y otro posterior al parto de cinco meses”.

“LICENCIA PARA DESEMPENAR CARGOS ELECTIVOS 0 DE REPRESENTACION POLITICA y/o GREMIAL Quienes fueran designados para desempeñar un cargo electivo o de representación   Política en el orden Nacional, Provincial, Municipal, y o gremial, tendrán derecho a usar de la licencia sin goce de sueldo por el tiempo que dure su mandato, debiendo reintegrarse a su cargo administrativo al día siguiente de haber culminado las funciones para las que fue elegido.  Cuando se postulare a estos cargos, deberán solicitar licencia sin goce de haberes, la que deberá hacerse efectiva cuarenta y cinco (45) días corridos anteriores a la fecha de la elección del cargo para el que se postulare”.

“LICENCIA POR ASUNTOS FAMILIARES. Desde el día de su ingreso,  tendrán derecho a usar licencia remunerada a) Por matrimonio quince (15) días corridos; b) Por nacimiento de sus hijos,  dos (2) días;  Por fallecimiento de cónyuge o pariente consanguíneo o afines de primer grado y hermanos, cinco (5) días. “LICENCIA POR ATENCION FAMILIAR. Para consagrarse a la atención de un miembro enfermo del grupo familiar constituido en el hogar hasta veinte (20) días hábiles anuales”.

En Artículo 5 sobre los Reemplazos la ordenanza determinó: “El Departamento Ejecutivo deberá instrumentar el llamado a concurso para designar los cargos titulares que faltaren y su respectivo suplente con acuerdo del Concejo Deliberante. En caso de necesidad y urgencia y hasta que se instrumente el concurso o ante el fracaso de este par falta de postulantes y/o otra circunstancia el Departamento ejecutivo podrá cubrir el cargo transitoriamente con  un  profesional ad-hoc, con acuerdo del Concejo Deliberante, cuyo mandado no podrá exceder el termino tres meses bajo pena de nulidad de los actos administrativos dictados con posterioridad al vencimiento del plazo.”

En Artículo 6 sobre las Remuneraciones estableció: “Las  remuneraciones de los funcionarios mencionados en el Artículo 1° serán fijadas por el Concejo Deliberante y en ningún caso podrán exceder tres veces el salario básico de la mayor categoría de la planta permanente municipal, a excepci6n del fiscal municipal conforme lo prevé el artículo 81 de la Carta Orgánica Municipal”. APROBADO POR UNANIMIDAD.

LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES ELEVÓ PROYECTO DE COMUNICACIÓN, (Expte. Nº 551/23), comunicando el lanzamiento del Primer Programa de Educación Cooperativa y Ambiental, al Lic. Carlo Dellasega, en su visita a la ciudad de Villa Regina, en el marco de la ll Noviembre de 2023, en el marco del Pacto de Amistad entre la ciudad de Villa Regina y la ciudad de Tesero (Italia).

Destaca en sus fundamentos; “Que el 01 y 02 de noviembre será presentado en el marco de las 2das Jornadas de Internacionalización de la ciudad de Villa Regina (01, 02 de noviembre), el primer proyecto que identificaron los municipios de Villa Regina y Tesero luego de la firma del  Pacto de Amistad, el «Programa de Educación Cooperativa y Ambiental» a cargo del experto Italiano de la Región Trentino Alto Adige Lic. Cario Dellasega”

También, “Que el lanzamiento del programa se hará en el marco de las II Jornadas de Internacionalización, pero además el Lic. Dellasega realizará diferentes presentaciones, charlas y conferencias, en la Universidad Nacional del Comahue, en la Universidad Nacional de Río Negro, y en diferentes centros de educación media y técnica de la ciudad y la Región”. APROBADO POR UNANIMIDAD

EL CONCEJO DELIBERANTE ENTREGÓ DECLARACIONES Y APROBÓ EN UNANIMIDAD INGRESOS SOBRE TABLAS

EL CONCEJO DELIBERANTE ENTREGÓ DECLARACIONES Y APROBÓ EN UNANIMIDAD INGRESOS SOBRE TABLAS
DECLARACIÓN DE VISITANTE ILUSTRE

  • DECLARACIÓN DE VISITANTE ILUSTRE (foto portada) En sala de sesiones estuvo presente el Lic. Carlo Dellasega, experto en Asociativismo y Cooperación Internacional de la Región Trentino Alto Adige, para recibir la DECLARACIÓN DE VISITANTE ILUSTRE, en su visita a la ciudad de Villa Regina desde el día 01 y hasta el 09 de Noviembre de 2023, en el marco del Pacto de Amistad entre la ciudad de Villa Regina y la ciudad de Tesero (Italia). (Expte. Nº 550/23).

  • DECLARACIÓN DE INTERÉS (foto galería al final) En la sala estuvieron presentes representantes de la Agrupación DYCI, quienes recibieron la Declaración de Interés Municipal “Marcha de Orgullo LGBTQIA+” a realizarse cada año en el mes de Noviembre en nuestra ciudad. (Expte. No 712/22).

EN EL RUBRO PROYECTOS DE BLOQUES SE TRATARON SOBRE TABLAS Y SE APROBARON POR UNANIMIDAD DOS INGRESOS:

DESDE EL BLOQUE J.S.R.N. (JUNTOS SOMOS RÍO NEGRO) ENTRÓ, Proyecto de Declaración (Expte. N° 591/23), Declarando de Interés Municipal, Deportivo y Social  el IV Torneo Deportivo de Inclusión del Comahue de Goalball, a realizarse el día 10 de noviembre del 2023 en el Polideportivo Cumelen de la ciudad de Villa Regina. Destaca en sus considerandos; “Que  las  personas con  baja  visión  o ceguera,  al igual  que  las que ven, necesitan relacionarse con otros, transitar por la cultura para sentirse parte de la sociedad;”

También, “Que   este   encuentro   hace   referencia  a   un   conjunto   de actividades concretas, interrelacionadas y coordinadas  entre sí, que se realizan con el fin de producir un encuentro deportivo de Goalball que muestre, a la comunidad, de qué se trata el deporte y quiénes son los que lo practican, además de promover la posibilidad  de que cualquier persona forme  parte de una experiencia  diferente y movilizad ora;”

Y resalta “Que el objetivo fundamental es proporcionar información importante a comunidad  sobre la discapacidad  visual,  ofreciendo  un ámbito social ameno y de diálogo que promueva la inclusión social y que permita,  a futuro,  crear un equipo de Goalball que represente a la ciudad de Villa Regina en competencias a nivel Nacional”. SE TRATÓ SOBRE TABLAS Y SE APROBÓ POR UNANIMIDAD.

POR EL BLOQUE S.V.R (SOMOS VILLA REGINA) INGRESÓ Proyecto de Declaración  (Expte. Nº 582/23), declarando de Interés Municipal la 1º Jornada Institucional de Salud Villa Regina, que se realizará los días 3 y 4 de Noviembre del 2023 en el Aula Magna de la Universidad del Comahue de nuestra ciudad.

Destaca en sus fundamentos: “Que la medicina y la atención médica evolucionan constantemente,  las capacitaciones permiten a los profesionales de la salud mantenerse al día con los últimos avances, tratamientos  y técnicas médicas.  El personal de salud capacitado está mejor preparado para brindar una atención de calidad a los pacientes,  lo que puede llevar a mejores resultados de salud y una mayor satisfacción de los pacientes.  La salud es esencial para el bienestar individual, el progreso de la sociedad y la calidad de vida en general.  Mantener y promover la salud es prioridad en todos los niveles, desde el individual hasta el colectivo;”

También, “En la ciudad hay dos instituciones con mayor complejidad  en salud son Clínica Central de gestión  privada y el Hospital Área  Programa Villa  Regina  Dr.  Elías Smirnoff de gestión provincial quienes organizarán la primera JORNADA INTERINSTITUCIONAL  DE SALUD  VILLA  REGINA  que se realizará  los  días 03 y 04 de noviembre del 2023 en el Aula Magna Universidad del Comahue sito en calle 25 de mayo y Reconquista. Es la primera vez que a nivel local ambas instituciones se unen para trabajar por un fin común: optimizar  la atención hacia el/la ciudadano/a  mediante la capacitación y actualización de los profesionales intervinientes;”

La presente tiene como objetivo “Generar  un espacio de encuentro  donde  los profesionales de la salud  logren exponer actualizaciones, renovar conocimientos  y compartir experiencias innovadoras. Proponer nuevas líneas de investigación conjunta. Establecer una fecha anual para concretar objetivos expuestos con anterioridad”. SE TRATÓ SOBRE TABLAS Y SE APROBÓ POR UNANIMIDAD.

COMUNICADO DE PRENSA: CONFORMACIÓN AUTORIDADES DEL CONSEJO LOCAL DE ECOLOGÍA

COMUNICADO DE PRENSA: CONFORMACIÓN AUTORIDADES DEL CONSEJO LOCAL DE ECOLOGÍA

Esta semana, se concretó la lista de autoridades del Consejo de Ecología, Ambiente y Desarrollo Sustentable de Villa Regina. Felicitaciones a todo el equipo de trabajo, por asumir este compromiso ciudadano, que nos permitirá avanzar orgánicamente en proyectos y acciones para nuestra localidad. El Consejo Local está integrado por:

Presidente: Adrián Pessoa (INTI)

Vicepresidente: Facundo Iturmendi (UNRN)

Secretaria: Florencia Aburto (Guardia ambiental)

Prosecretaria: Natalia Durán (Guardia ambiental)

Tesorero: Valentín Tassile (UNCO)

Protesorera: Mónica Felice (INTA)

Vocal: María Olga Caporalini (ARA)

Vocal: Karina Caverzán (Círculo Trentino de Villa Regina)

Vocal: Ivana Brunello (Rotary Club Villa Regina)

El enfoque de la participación ciudadana alude, en términos amplios, a la incorporación de la ciudadanía en los procesos de política pública e implica modalidades de intervención más directas que aquellas previstas por los mecanismos representativos. Frente a esta perspectiva de activación participativa, aprovechamos a destacar el compromiso de las instituciones intermedias de este sector, que hoy, en conjunto avanzamos un paso más, en el camino de la construcción sectorial y ciudadana.

#ConcejoDeliberanteVillaRegina

#ConsejoLocalDeEcologia

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ EN UNANIMIDAD ADHESIÓN A LOS ARTÍCULOS 1 Y 2 DE LA LEY PROVINCIAL N° 5259

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ EN UNANIMIDAD ADHESIÓN A LOS ARTÍCULOS 1 Y 2 DE LA LEY PROVINCIAL N° 5259

LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y LEGISLACIÓN ELEVÓ Proyecto de Ordenanza  (Expte. Nº 456/23), adhiriendo a los Artículos 1 y 2 de la Ley Provincial Nº 5259.

Que a continuación   se  transcriben: “Se establece en la jurisdicción de la Provincia de Río Negro, la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo o medio de transporte: a) Sin la licencia especial correspondiente, ante impedimentos físicos o psíquicos. b) Con tasa de alcoholemia positiva superior a cero (0) gramos de alcohol por litro de sangre. No se instruirá sumario de carácter administrativo o judicial, cuando la tasa de alcohol en sangre no supere los cero coma dos 0,2 gramos por litro. c) Bajo efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas; Artículo 2°; Todo conductor está obligado a someterse a los procedimientos necesarios, destinados a determinar su estado de intoxicación. La negativa a realizar la prueba constituye falta y hace presumir infracción al Artículo 1º de la presente”

En Artículo 2 de la presente determina; “Deróguense  en todas sus partes los  Artículos  Nº 2 y Nº 6 de la Ordenanza Nº 016/2014”.

Y en Artículo 3 concluye; Sustitúyase el Artículo  Nº 9 de  la  Ordenanza  Nº 016/14, por el siguiente: «Artículo 9.- PARÁMETROS DE CONTROL DE ALCOHOLEMIA: Se entiende que una persona se encuentra en estado de intoxicación alcohólica cuando la graduación alcoholimétrica  supere las dos décimas de gramo por litro (O,2 gr/l) de sangre. Cuando la medición alcoholimétrica sea superior a dos décimas de gramo por litro (O, 2 gr/l)  de sangre e inferior a un gramo por litro (1  gr/l) de sangre,  se considerará como ALCOHOLEMIA  RIESGOSA.  Cuando le medición alcoholimétrica sea superior a un gramo por litro (1 gr/l) de sangre,  se considerará como ALCOHOLEMIA  PELIGROSA.  En el caso de transporte de cargas y transporte público de pasajeros,  se tomará a partir de un décimo de gramo por litro de sangre (O, 1 gr/l)». LA PRESENTE FUE APROBADA POR UNANIMIDAD

EL CONCEJO DELIBERANTE ENTREGÓ DECLARACIÓN DE INTERÉS AL CLUB DE CIENCIAS Y DERIVÓ DOS PROYECTOS A COMISIONES

EL CONCEJO DELIBERANTE ENTREGÓ DECLARACIÓN DE INTERÉS AL CLUB DE CIENCIAS Y DERIVÓ DOS PROYECTOS A COMISIONES

EN EL RUBRO DE LOS HOMENAJES Y EXPRESIONES: El Profesor del CET 18 Sr. NATALINI Carlos Recibió en esta jornada la DECLARACIÓN DE INTERÉS MUNICIPAL DEL CLUB DE CIENCIAS “Maravillas de la Ciencia” la que fue aprobada en Sesión Ordinaria del 17/10/2023 (Expte. Nº 516/23).

La misma destacaba en sus consideraciones; “Que EL Club de Ciencias ha estado presente en las Ferias Zonales y Provinciales de Innovación  Educativa del año 2022 y 2023, representado a la ciudad y a la institución Educativa; Que en el presente año el Club se ha comprometido con el Ambiente y la Cultura participando  en el Programa Nacional Escuelas Azules, siendo la tercera institución educativa de la provincia de Río Negro;”

También, “es importante resaltar que el Club de Ciencias se encuentra registrado en la Red Nacional de Clubes de Ciencias de la República  Argentina, dependiente del Ministerio de Ciencia y Tecnología y en el Programa Provincial de Clubes de Ciencias; Que las actividades del Club de Ciencias están centradas en dos grandes ejes: EDUCACION  AMBIENTAL  Y CIENCIA CIUDADANA”.


EN PROYECTOS, SOLICITUDES Y VARIOS DE BLOQUES:

DESDE EL BLOQUE J.S.R.N. (JUNTOS SOMOS RIO NEGRO) INGRESÓ Proyecto de Ordenanza (Expte. Nº 558/23), desafectando como Espacio Verde, el Inmueble identificado catastralmente como 01-C-455B.

Destaca en sus considerandos: “Que el crecimiento de matrícula (cercano al millar) ha llevado a esta casa de altos estudios a dictar clases de 3 edificios distintos y distantes uno de otro. Actualmente  desarrolla  su actividad en su sede central de 25 de Mayo y Reconquista, además, bajo la  modalidad de comodato  o alquiler hoy dispone de  actividad  académica  en el edificio de la Cámara de Productores, salón de la Unter y local del S.O.Y.E.M.

“Que, ante las  demoras en la efectiva  toma de posesión de un inmueble con la superficie necesaria que permitan la construcción de edificaciones que contemple además de espacios áulicos  e infraestructuras que contengan las diversas actividades de investigación,  extensión, vinculación y transferencia del personal docente; y el desenvolvimiento  de las actividades administrativas, resguardo patrimonial y bedelía, según expresa el propio Decano de la FACTA  en nota ingresada según  EXP 205/23 del CD de Villa Regina;”

Puntualiza “Que, habiendo  localizado  una parcela en  el sector Este de la ciudad identificada catastralmente como 01- C- 455 B reservado como espacio verde, se considera que dichas tierras son apropiadas para avanzar en la respuesta a la Institución educativa solicitante;”

Además, “Que en superficies lindantes de dominio privado, es factible incentivar el desarrollo inmobiliario estudiantil, como así también alentar a  las iniciativas públicas -privadas para convertir esa zona en un polo de desarrollo educativo universitario teniendo en cuenta todas las actividades afines que se generan en el ámbito universitario. Es de considerar que en dicho sector se observa  la  potencialidad  para la  construcción de  Residencias  Estudiantiles, teniendo en cuenta que hoy,  la  poca oferta  inmobiliaria  para estudiantes en nuestra  ciudad  lleva a que muchos alumnos terminen residiendo en General Roca, desde donde luego, viajan a Villa Regina para tomar clases;”

Por lo tanto, “la cesión de dicha parcela se constituye en un acto de justicia, para una Institución educativa que merece, dada su trayectoria, contar con  un espacio  donde responder a  la  gran demanda de jóvenes  de la  región que encuentran en Villa Regina una oferta académica atrayente”. LA PRESENTE INICIATIVA PASÓ A LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

POR EL MISMO BLOQUE ENTRÓ Proyecto de Ordenanza (Expte. Nº 561/23), Derogando la Ordenanza Nº 032/2006 y denominando la nueva Ordenanza “Ordenanza General de Habilitaciones Comerciales”.

Resalta en sus fundamentos: “Que el Artículo  5° de la Ordenanza  032/2006 establece:  «En caso de que el solicitante no sea el titular del inmueble donde se pretende instalar el comercio, los organismos municipales internos informarán sobre la situación fiscal del mismo en todos los tributos, tasas, derechos y/o multas que pudieran corresponder;”

Por su parte, “el Artículo 7° de la citada norma prevé: «Evacuada la vista otorgada al  Departamento  de  Bromatología,  la solicitud pasará al Departamento  de Rentas,  Juzgado de faltas, y Fiscalía, donde se determinará si el solicitante  adeuda tasas,  derechos o contribuciones,  debiendo producir el informe  correspondiente.  En caso  de  poseer deuda se deberá informar  al solicitante,  quien deberá regularizar la  misma mediante pago contado y/o plan de pago según lo establece la Ordenanza Tarifaría vigente»”

“Que esta obligación de pago lo será exclusivamente por la deuda que el comerciante personalmente tenga con el Municipio y no la que tenga el propietario del local que alquila;”

Además, “Que hacer recaer sobre el mismo la obligación al pago de las tasas adeudadas  por el dueño desalienta  a todos  aquellos  que  pretenden  realizar inversiones,  decisión  que  tiene  como  presupuesto  necesario  el  análisis  de aquellas variables que pesan sobre su potencial evolución. Tal aspecto afecta tanto  al gran  capitalista  al decidir  donde radicar una industria  o un comercio, como  a  aquel  que  dispone  de  escasos  fondos  suficientes  para  instalar  un negocio o brindar un servicio;”

Por ello, con objeto “de evitar un efecto no querido por la norma, teniendo el estado municipal  herramientas para el cobro  de  las deudas que pudieran pesar sobre el inmueble y su titular como exclusivo  y excluyente obligado  al pago; Que esta inquietud ha sido planteada por todos los comerciantes a través de la cámara que los agrupa”.  EL PROYECTO PASÓ A LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

EL CONCEJO DELIBERANTE DERIVÓ INICIATIVAS DE BLOQUES A COMISIONES Y REMITIÓ INGRESO AL CONSEJO DE SEGURIDAD

EL CONCEJO DELIBERANTE DERIVÓ INICIATIVAS DE BLOQUES A COMISIONES Y REMITIÓ INGRESO AL CONSEJO DE SEGURIDAD

INGRESÓ NOTA (Expte. Nº 548/23), SOLICITANDO A LOS GOBERNANTES Y FUNCIONARIOS, AUTORIDADES POLICIALES, Y PERSONAL DE JUSTICIA de nuestra ciudad una resolución urgente ante el pedido de seguridad planteado por los Vecinos Autoconvocados de Villa Regina.

La nota destaca en sus párrafos;  “A los ciudadanos comunes no nos compete actuar ante estas problemáticas, por lo que EXIGIMOS el inmediato accionar de nuestras autoridades, cada uno desde su rol, para lograr desbaratar toda actuación de delincuencia;”

Nos hemos  reunido  e ideado algunas pautas de acción y ciertas medidas importantes de PREVENCIÓN de delitos que se adjuntan en el anexo; Como  ciudadanos  vamos  a  estar  en  sesión  y  movimiento  permanente hasta sentir que vivimos  con la seguridad de poder estar en nuestras casas y transitar por las calles con la tranquilidad que nos merecemos

Y también agrega, “No dejaremos de manifestarnos hasta no ver esa solución que esperamos; Este petitorio requiere resolución urgente. Cada uno de nuestros gobernantes, personal de justicia, policial y funcionarios deberán movilizarse para que la solución sea posible y rápida. Con la capacidad de coordinación, de trabajo y de cumplimiento del cargo ocupado esto se  puede conseguir.” LA PRESENTE FUE DERIVADA AL CONSEJO DE SEGURIDAD LOCAL

EN EL RUBRO PROYECTOS, SOLICITUDES Y VARIOS DE BLOQUES:

POR EL BLOQUE F.D.T. (FRENTE DE TODOS) INGRESÓ PROYECTO DE DECLARACIÓN (Expte. Nº 550/23), declarando Visitante Ilustre de la Ciudad al Lic. Carlo Dellasega, experto en Asociativismo y Cooperación Internacional de la Región Trentino Alto Adige, en su visita a la ciudad de Villa Regina desde el día 01 y hasta el 09 de Noviembre de 2023, en el marco del Pacto de Amistad entre la ciudad de Villa Regina y la ciudad de Tesero (Italia).

En sus considerandos se destaca; “Que el Lic. Dellasega «Dellasega es un experto de la Región Trentino Alto Adige y cuenta con una sólida formación disciplinaria y profesional en Asociativismo y Cooperación Internacional, y entre sus experiencias laborales más destacadas,  podemos mencionar que fue durante 12 años el Director de la Federación de Cooperativas Trentinas, entre otros cargos…”

“Que es un verdadero privilegio no solo para nuestra ciudad, sino para  la Pcia. de Río Negro y para la Argentina, contar con un experto de la talla del Lic. Dellasega, quien ha colaborado en  la confección de programas de educación similares a este y ha dictado este tipo de seminarios  y conferencias en diversos países, como en el Congo, Perú, Ecuador, Corea del Sud, Lituania,  Uruguay, Eslovenia, Serbia y en varias provincias de Argentina (Misiones, La Pampa Buenos Aires, Neuquén y Río Negro)”.

Además, “Que el Pacto de Amistad firmado por el Municipio de Villa Regina y el Municipio de Tesero, y el primer «Programa en Educación Cooperativa y Ambiental» cuentan con el acompañamiento institucional y administrativo de la Dirección de Asuntos Nacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de Argentina) y la Asociación Trentinos en el Mundo, con sede en Trento (Italia)”. LA INICIATIVA FUE REMITIDA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES.

DESDE EL MISMO BLOQUE ENTRÓ, TAMBIÉN, PROYECTO DE COMUNICACIÓN (Expte. Nº 551/23), comunicando el lanzamiento del Primer Programa de Educación Cooperativa y Ambiental, al Lic. Carlo Dellasega, en su visita a la ciudad de Villa Regina, en el marco de la ll Noviembre de 2023, en el marco del Pacto de Amistad entre la ciudad de Villa Regina y la ciudad de Tesero (Italia).

Destaca en sus fundamentos; “Que el 01 y 02 de noviembre será presentado en el marco de las 2das Jornadas de Internacionalización de la ciudad de Villa Regina (01, 02 de noviembre), el primer proyecto que identificaron los municipios de Villa Regina y Tesero luego de la firma del  Pacto de Amistad, el «Programa de Educación Cooperativa y Ambiental» a cargo del experto Italiano de la Región Trentino Alto Adige Lic. Cario Dellasega”

También, “Que el lanzamiento del programa se hará en el marco de las II Jornadas de Internacionalización, pero además el Lic. Dellasega realizará diferentes presentaciones, charlas y conferencias, en la Universidad Nacional del Comahue, en la Universidad Nacional de Río Negro, y en diferentes centros de educación media y técnica de la ciudad y la Región”. LA INICIATIVA FUE REMITIDA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES.

POR EL BLOQUE S.V.R. (SOMOS VILLA REGINA) INGRESÓ PEDIDO DE INFORME (Expte. Nº552/23), solicitando al PEM que informe sobre los requisitos para la realización de ferias púbicas, para la exposición y venta de productos artesanales, manufacturadas o semi-industrializados, agropecuarios y no agropecuarios, comestibles y no comestibles, producidos y elaborados en el ámbito de nuestra localidad.

El pedido requiere “información sobre los siguientes aspectos: A- Requisitos  administrativos: ¿Qué documentación es  necesaria  para realizar una  feria pública?  ¿Cuál es el procedimiento   para obtener la autorización municipal?. B- Requisitos sanitarios: ¿Qué medidas sanitarias  deben cumplir los expositores? ¿Qué tipo de controles se realizan?. C- Requisitos de seguridad:  ¿Qué medidas de seguridad deben tomarse para garantizar la seguridad de los expositores y los asistentes?. D- Costo o arancel: ¿Cuál es el costo o arancel para la realización de una feria pública?” LA PRESENTE FUE REMITIDA A PRESIDENCIA PARA SER ELEVADA AL PEM.

COMO PROYECTOS CONJUNTOS ENTRO Proyecto de Ordenanza (Expte. Nº 547/23), creando el Protocolo de Atención a la Seguridad para el personal Municipal que cumple funciones de inspección. En sus fundamentos puntualiza; “Que  entre  los  escenarios  que  se  presentan  antes  inspecciones  de tránsito,  comercio,  medio ambiente,  obras particulares,  surgen  experiencias de violencia,  maltrato, agresiones  que reciben  los  empleados municipales  por parte de determinados contribuyente, pero no es aceptable situaciones de maltrato;”

“Que es esperable ante la comprobación de cumplimientos e incumplimientos  de Ordenanzas vigentes, se genere una situación  de alerta por parte del contribuyente, pero no es aceptable situaciones de maltrato;” También, “Que los  inspectores e inspectoras tienen  la  obligación  de dirigirse  con respeto y amabilidad ante ciertas situaciones ante todo contribuyente, pero ello no implica convertirse en victimas de situaciones violentas;”

Además, “Que un protocolo es una normativa que establece como se debe actuar en ciertos  procedimientos, estableciendo  acciones  que se  consideran adecuadas Que por ello se hace necesario establecer en la presente el Protocolo de Atención a la seguridad del empleado  municipal que cumple funciones de inspectoría; Que además, es necesario establecer la  penalidad  ante el incurrimiento de agresiones  físicas  y/o  verbales al agente municipal por  parte de cualquier ciudadano.” PASÓ A LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y LEGISLACIÓN