EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ DIFERENTES INFORMES DE COMISIONES EN ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA DEL 2023

LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y LEGISLACIÓN ELEVÓ Proyecto de Ordenanza (Expte. Nº 453-23), derogando las Ordenanzas Nº 016/2000 y 052/2016 y creando el Programa “Legislando con las Escuelas: Concejal por un día”, en el ámbito del Concejo Deliberante de Villa Regina, el cual se realizará una vez por año en cada período legislativo.

La presente ordenanza indica que “El objetivo  primordial  del Programa  será  propender  a la  participación de los niños/as y jóvenes  en representación de sus establecimientos educativos,  tanto  en  el  nivel  primario  como  nivel  secundario,  en  el debate  de  proyectos  relacionados   con  la  Ciudad  y  aportar  ideas nuevas plasmadas en proyectos que sean beneficiosos para la ciudad;”

“Artículo  4:  El  programa  se  verá  plasmado en la práctica en dos sesiones especiales,  una para el nivel primario  y otra para el nivel secundario, que se desarrollará  en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa Regina, establecida especialmente para este programa donde participaran alumnos/as  de 5°, 6° y 7° grado del nivel primario y  de 4°, 5° y 6°  año de las escuelas medias, públicas, privadas y de gestión social de la ciudad;”

“Artículo 5: Cada sesión especial cumplirá con los requisitos formales establecidos en el Reglamento Interno del Concejo  Deliberante y se desarrollará en el mes de noviembre  de cada año, en el marco del aniversario de la ciudad de acuerdo a fecha fijada en Comisión Legislativa;”

“El Concejo Deliberante abrirá un Registro de Inscripción de Establecimientos y alumnos/as    interesados en participar en el Programa establecido en el  Artículo 1 al comienzo de cada año legislativo. El plazo de inscripción será establecido  por la Comisión de Asuntos  Sociales que no podrá extenderse más allá del mes de Mayo;”

Agrega en “Artículo 8: Cada institución interesada en participar deberá presentar  un Formulario de inscripción […] con la documentación allí requerida,  el cual deberá  adjuntar  por e-mail  a la dirección de correo creada a tal fin”. Artículos 9 al 14 especifíca sobre la forma y desarrollo de la iniciativa.  APROBADO POR LA MAYORÍA (6 VOTOS POSITIVOS VS 3 VOTOS NEGATIVOS).


LA COMISIÓN ASESORA DE TRÁNSITO ELEVÓ Proyecto de Ordenanza, derogando la Ordenanza Nº 080/2011 y fijando la nueva actualización de la tarifa de Taxis.

La misma indica en “Artículo 2.- La actualización de la tarifa establecida, será fijada  exclusivamente por el Poder Ejecutivo Municipal actualizándose la misma de forma cuatrimestral,  aplicándose  desde el 01  de diciembre,  01  de abril y 01 de agosto.  Dicha tarifa será actualizada,    promediando  el costo  de GNC,  nafta  súper  y gas  oíl  de  tres  estaciones  de  servicio  de  la localidad;  el costo de la  Verificación  Técnica  Provincial y el costo del seguro  automotor, promediando tres compañías aseguradoras de la ciudad. A los efectos de la aplicación  de  la  actualización  establecida  en el presente Artículo, el Poder Ejecutivo   Municipal   a través de la Secretaría Legal y Técnica, deberá establecer y documentar el valor de los  combustibles, de la Verificación Técnica Provincial y del seguro automotor,  mencionados por  la  presente Ordenanza a la fecha de su promulgación, a los fines de contar con un valor de referencia a utilizar para los futuros aumentos;”

Agrega en “Artículo 3.- A partir de la promulgación  de la presente Ordenanza se fija una tarifa nocturna en el horario de 23 hs. A 06 hs.,  con el adicional de un 45 % del valor de la  bajada de bandera, lo cual estará plasmado en la placa identificadora ubicada  detrás  del asiento  del conductor, quedando a cargo del titular de la licencia el cumplimiento de las obligaciones tributarias, nacionales y provinciales, respecto de lo recaudado por dicho concepto;”

Y también en Artículo  4 determina; “Los taxis  habilitados tienen  la  obligación  de  normalizar  sus  relojes para  que  marquen  en  pesos  ($)  todas  las  actualizaciones   que  se dispongan  en aplicación  del Artículo  No 2 de la  presente Ordenanza, siendo el Departamento de Tránsito de la  Secretaría  Legal y Técnica, el encargado  de  realizar los controles  pertinentes,  caso contrario se retirarán de  circulación los vehículos en infracción hasta que regularicen su situación.” LA PRESENTE FUE APROBADA POR UNANIMIDAD.


LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA; BIBLIOTECA POPULAR MARIANO MORENO (EXPTE N° 592-23). El proyecto indica en Artículo 1: “Exímase del Pago de Tasas y Servicios Retributivos a las  Parcelas pertenecientes  a la Biblioteca Popular Mariano Moreno cuya Designación  Catastral es 06-1-8-315-12 (Ex Cine Benur) y 06-1-8-315-11 (terreno adyacente) a partir de  la promulgación   de la presente;”

Y en Artículo 2 establece “Condónase  la deuda del Pago de Tasas y Servicios  Retributivos de las parcelas  cuya  Designación  Catastral es 06-1-8-315-12 (Ex Cine Benur) y 06-1-8-315-11   (terreno  adyacente), propiedad de la Biblioteca Popular Mariano Moreno”. FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.


LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO ELEVÓ Proyecto de Ordenanza, derogando la Ordenanza Nº 034/23 y donando a título gratuito al AERO CLUB VILLA REGINA, la fracción resultante del inmueble individualizado como 05-6-190-951, con una superficie aproximada de 119 hectáreas, cuya mensura de fraccionamiento y demás gastos que demande la escritura traslativa de dominio estará a cargo de la Institución beneficiada. En Artículo  3 menciona:  “La donación  prevista  en  el artículo  anterior  será  destinada  para  el funcionamiento  del Aero Club Villa Regina”. FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.


EN EL RUBRO SOLICITUDES Y RESPUESTAS  TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL INGRESÓ Elevando copia en formato digital del Balance de la Municipalidad de Villa Regina, correspondiente a la Cuenta General del Ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2022; copia fiel del Informe de Auditoría Externa de la Cuenta General y copia fiel del 2º Informe correspondiente a la Cuenta General, rectificado al 01/11/23. (Expte. Nº 630-23). PASÓ A CONOCIMIENTO DE BLOQUES.

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