EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ POR UNANIMIDAD DECLARACIÓN  DE INTERÉS MUNICIPAL AL CLUB DE CIENCIAS “MARAVILLAS DE LA CIENCIA”

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ POR UNANIMIDAD DECLARACIÓN  DE INTERÉS MUNICIPAL AL CLUB DE CIENCIAS “MARAVILLAS DE LA CIENCIA”

LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES ELEVÓ PROYECTO DE DECLARACIÓN (Expte. Nº 516/23), declarando de Interés Municipal al Club de Ciencias “Maravillas de la Ciencia”, perteneciente al Centro de Educación Técnica Nº 18 (CET Nº 18) de nuestra ciudad.

Resume en sus consideraciones; “Que  mediante  Expediente Nº 516/CD/2023 el Centro de Educación Técnica Nº 18 (C.E.T. Nº 18) a través de su Profesor Sr. NATALINI, Carlos, solicita se  declare de Interés Municipal al Club de Ciencias «MARAVILLAS  DE  LA CIENCIA;”

“Que EL Club de Ciencias ha estado presente en las Ferias Zonales y Provinciales de Innovación  Educativa del año 2022 y 2023, representado a la ciudad y a la institución Educativa; Que en el presente año el Club se ha comprometido con el Ambiente y la Cultura participando  en el Programa Nacional Escuelas Azules, siendo la tercera institución educativa de la provincia de Río Negro;”

También, “es importante resaltar que el Club de Ciencias se encuentra registrado en la Red Nacional de Clubes de Ciencias de la República  Argentina, dependiente del Ministerio de Ciencia y Tecnología y en el Programa Provincial de Clubes de Ciencias; Que las actividades del Club de Ciencias están centradas en dos grandes ejes: EDUCACION  AMBIENTAL  Y CIENCIA CIUDADANA”. SE APROBÓ POR UNANIMIDAD.

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ POR UNANIMIDAD DECLARACIÓN DE INTERES MUNICIPAL PROYECTO DE INTERCAMBIO ARGENTINA –ITALIA, EN EL MARCO DEL CENTENARIO DE REGINA

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ POR UNANIMIDAD DECLARACIÓN DE INTERES MUNICIPAL PROYECTO DE INTERCAMBIO ARGENTINA –ITALIA, EN EL MARCO DEL CENTENARIO DE REGINA

EL BLOQUE F.D.T. (FRENTE DE TODOS) PRESENTÓ PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. Nº537/23), declarando de Interés Municipal al “Intercambio Académico/ Productivo/ Comercial Italia (Emilia Romagna) / Argentina (Patagonia) 2023/2024″, que prevé en el marco del “100 Aniversario de la ciudad de Villa Regina”, el día 7 de noviembre de 2024, generar una publicación (en dos versiones, una en Lengua Italiana y otra en Lengua Española) Titulada “Villa Regina, Italia en la Patagonia”.

La síntesis del proyecto destaca; “continuar  consolidando  el vínculo  entre  la Región   Emilia  Romagna y Región Patagonia en Argentina, que se ha venido desarrollando en los últimos   años (2015/2023), pero impulsando un proyecto concreto, que promueva y facilite la cooperación  entre empresas,  instituciones, productores, profesionales/técnicos, profesores y alumnos a través del trabajo o cooperativo y trabajo en red entre ambas regiones;”

Agrega, “El  Proyecto,  prevé  en  el  marco  del  «100  aniversario  de  la  ciudad  de  Villa Regina» el 7 de noviembre del 2024, generar una publicación (en dos versiones, una en lengua  italiana y otra en lengua española) que se llamará «Villa  Regina, Italia en la Patagonia», que se propone generar posibilidades concretas de cooperación mediante el trabajo colaborativo y   de red, entre empresas, instituciones, profesionales y técnicos de ambos países y revalorizar y difundir la particular historia de la ciudad de Villa Regina;”

También menciona que “Para el desarrollo de dicha publicación se realizarán una serie de intercambios y visitas (Ver cronograma) entre Italia y Argentina, específicamente entre la Accademia Nazionale di Agricoltura Italiana e invitados especiales italianos y la Universidad  Nacional de Río Negro e invitados especiales argentinos;”

“El Proyecto contempla por un lado, promover posibilidades concretas de cooperación entre  dos de las principales zonas de producción frutícolas (Emilia Romagna/Región Patagonia) y difundir los peculiares hechos y acontecimientos de la Fundación de la ciudad de Villa Regina, el 7 de noviembre del año  1924, que se produjo a partir de un acuerdo entre el gobierno argentino y el gobierno italiano, para la compra de 5000 hectáreas en la Patagonia, para ser  desarrolladas mediante la agricultura bajo el sistema de riego”. SE TRATÓ SOBRE TABLAS Y LUEGO DE APROBÓ POR UNANIMIDAD.

DESDE EL BLOQUE S.V.R. (SOMOS VILLA REGINA) INGRESÓ PEDIDO DE INFORME (EXPTE. Nº 539/23), reiterando el Pedido de Informe  aprobado en Sesión de fecha 29/08/2023, mediante el cual se solicita al PEM que informe el monto recaudado a través de la Sec. de Desarrollo Social por parte de la “Sala de Juegos de Azar-Casino”. El pedido destaca que en reiteración de la solicitud se hace “reserva de iniciar el siguiente  reclamo por las  vías que correspondan  en caso de  que  el  Ejecutivo  Municipal  incumpla  lo  prescripto  por  la  Ordenanza  Nº 042/2015,  por la  cual el Municipio  de Villa Regina adhirió a la  Ley  Provincial Nº 1829 Ley de Acceso  a la Información Pública, por la cual se establece un plazo· de  15  días  hábiles  para  responder   el  presente   pedido  de  informe, transcurrido dicho plazo se considerará incumplimiento de los deberes de funcionario  público…” SE APROBÓ QUE POR PRESIDENCIA SE ELEVE AL PODER EJECUTIVO.

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ INFORMES DE COMISIONES SOBRE ANTEPROYECTOS DE MENSURA CON FRACCIONAMIENTO

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ INFORMES DE COMISIONES SOBRE ANTEPROYECTOS DE MENSURA CON FRACCIONAMIENTO

LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO ELEVÓ Proyecto de Ordenanza (Expte. Nº 464/23), autorizando la Subdivisión de la Parcela designada catastralmente como 06-1-A-008-06, propiedad del Sr. Krbavcic Iván Hervoy de acuerdo al croquis de Anteproyecto de Mensura.

En sus considerandos destaca; “Que mediante nota ingresada a este Cuerpo, el Agrimensor FARABELLO, Horado solicita se autorice anteproyecto de mensura con fraccionamiento realizado sobre Parcela cuya nomenclatura catastral corresponde 06-1-A-008-06, propiedad del Sr. KRBAVCIC, lván Hervoy;”

“Que la Ordenanza Nº 057/96 expresa en su Artículo 1: Modificase el Código de Uso del Suelo de la Municipalidad de Villa Regina en su punto 6.1.4., el que quedará redactado de la siguiente manera: «para este punto tendrá vigencia la Ordenanza 057/96; en su Artículo 2: Autorizase al Poder Ejecutivo Municipal a aprobar subdivisiones en Zona Rural (Distrito  RU), cuyas Parcelas resultantes posean una superficie igual o mayor a 4,5 has.; además en su Artículo 3:  El Honorable Concejo Deliberante evaluará la aprobación de Subdivisiones de Zonas Rurales cuyas Parcelas resultantes posean una superficie inferior a la mencionada en su Artículo 2, únicamente en aquellas que tengan como finalidad deslindar Construcciones de envergadura»;”

“Que dicha solicitud se encuadra bajo la premisa de los Artículos 1, 2 y 3, de la Ordenanza Nº  057/96, donde solicita deslindar un Depósito, Tinglado  y vivienda de la chacra en producción.  (Art. 3 Ordenanza  Nº 057/96); Que vale destacar que la chacra resultante supera la superficie mínima de 4,5 Has y que seguirá en Producción Frutícola.” SE APROBÓ POR UNANIMIDAD.

TAMBIÉN, LA MISMA COMISIÓN ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº 392/23), autorizando la Subdivisión de la Parcela designada catastralmente como 06-1-K-003-18, propiedad del Sr. García Sergio Daniel de acuerdo al croquis de Anteproyecto de Mensura.

Destaca en sus fundamentos; “Que mediante nota ingresada a este Cuerpo, el Sr. GARCIA,  Sergio Daniel solicita se autorice la subdivisión de fraccionamiento  a realizar sobre nomenclatura catastral 06-1-K-003-18;” Tomando los artículos 1, 2, 3 en igual fundamento a la anterior, concluye “Que  dicha  solicitud  se encuadra  bajo  la  premisa  de  los Artículos  de  la Ordenanza  Nº  057/96,  donde  solicita  deslindar casa y galpón, de la chacra en producción.  (Art. 3 Ordenanza  Nº 057196)”. SE APROBÓ POR UNANIMIDAD.

EL CONSEJO DE SEGURIDAD JUNTO A VECINOS REGINENSES SE REUNIERON CON EL SECRETARIO DE NARCOCRIMINALIDAD DE LA PROVINCIA

EL CONSEJO DE SEGURIDAD JUNTO A VECINOS REGINENSES SE REUNIERON CON EL SECRETARIO DE NARCOCRIMINALIDAD DE LA PROVINCIA

✅️Este mediodía se desarrolló la reunión del Consejo de Seguridad y vecinos con el titular de la Secretaría de Narcocriminalidad Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Río Negro, Jerónimo San Pedro.

En el recinto, el Secretario de Narcocriminalidad, escuchó las diferentes expresiones, preocupaciones de los vecinos e integrantes del Consejo de Seguridad; por su parte, dio un pantallazo general de la Secretaria, además de explicar los alcances, las estrategias que viene desplegando desde su área, con otras provincias y niveles de gobierno.

🙋🏼En este marco, los actores locales aportaron algunas ideas como; articular las gestiones del espacio en la Aduana, para que se instale la Gendarmería (ya en contacto). Y concretar un convenio con un Centro Tecnológico muy importante de Villa Regina, para que la Secretaría de Narcocriminalidad y los Organismos de Justicia competentes puedan utilizar esta tecnología de punta, para los ANÁLISIS DE PRUEBAS que se requieran en relación a las denuncias de narcotráfico.

↪️Además, de contribuir con diferentes formatos de difusión de carácter preventivo, reforzar la difusión y explicar en diferentes medios como funciona el sistema de las denuncias anónimas, dando seguridad, garantía del EFECTIVO ANONIMATO DEL DENUNCIANTE. También, se acordó una reunión con los diferentes Consejos Locales Reginenses para acordar y abordar en conjunto una serie de acciones.

👉El Secretario de Narcocriminalidad, Jerónimo San Pedro, se comprometió en dar seguimiento a todas las causas de narcotráfico que se han iniciado en la Localidad. Además, se llevaron inquietudes y sugerencias para que en coordinación con la Justicia, Fiscales y Secretaria de Narcocriminalidad pongan el foco de estrategias en el seguimiento de lo que pasa en las redes sociales: el caso de perfiles de Instagram y usuarios de Telegram.

Recordamos; esta reunión había sido solicitada por este Consejo de Seguridad, a raíz de la preocupación de los vecinos, por cómo se utilizan las redes sociales para la venta de objetos robados, para la promoción y venta de diferentes sustancias.

www.cdeliberantevillaregina.gob.ar

#ConsejoDeSeguridadCiudadana

#ConsejoDeSeguridad

#ConcejoDeliberanteVillaRegina

EL CONCEJO DELIBERANTE DERIVÓ LAS SIGUIENTES NOTAS DE ASUNTOS ENTRADOS A RESPUESTA POR PRESIDENCIA

EL CONCEJO DELIBERANTE DERIVÓ LAS SIGUIENTES NOTAS DE ASUNTOS ENTRADOS A RESPUESTA POR PRESIDENCIA

INGRESÓ NOTA (Expte. Nº527/23), Solicitando al Concejo Deliberante una reunión para conformar una Mesa de Diálogo que permita buscar soluciones en conjunto, ante la preocupante situación que atraviesa la Municipalidad de nuestra ciudad. Empleados y Empleadas de la Municipalidad de Villa Regina. SE APROBÓ RESPUESTA POR PRESIDENCIA.

TAMBIÉN, UN SEGUNDO INGRESO (Expte. Nº 528/23), Solicitando a los miembros del Concejo Deliberante que conformen una reunión con Mesa de Diálogo, en la que se encuentren representantes de la Municipalidad de Villa Regina y Referentes de las distintas Entidades Gremiales que representan a los trabajadores municipales. Sr. Garrido Mauricio, Sec. General de UPCN. SE APROBÓ RESPUESTA POR PRESIDENCIA.

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ INFORMES DE COMISIONES Y DESAPROBÓ PROYECTO DE COMUNICACIÓN.

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ INFORMES DE COMISIONES Y DESAPROBÓ PROYECTO DE COMUNICACIÓN.

LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y LEGISLACIÓN ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (Expte. Nº 506/23), aprobando en todos sus términos el Decreto Nº 158/23 Ad Referéndum del Concejo Deliberante, el cual llama a Concurso Interno para cubrir cargos en la Planta Permanente del Poder Ejecutivo Municipal.

En sus considerandos destaca; “Que  la  Municipalidad  de Villa  Regina  acordó  con las  entidades gremiales realizar el Pase a Planta Permanente de los trabajadores municipales en condiciones de regularizar su situación, en un total de tres (03) etapas;”

“Que, habiéndose realizado la primera y segunda etapa, el Poder Ejecutivo Municipal se encuentra  en condiciones de efectuar  el procedimiento del llamado a concurso de Pase a Planta Permanente en su tercera etapa; Que mediante  Decreto  Nº  131/23, de fecha 27 de Julio de 2023, se creó la Comisión de Trabajo respectiva”

También, “Que se llevaron adelante diversas reuniones de trabajo, tendientes a determinar las pautas aplicables al concurso y condiciones e inhabilidades de ingreso; Que el Art. Nº 32, Apartado f), lnc. i) de la Carta Orgánica de Villa Regina,  establece como facultad  indelegable del Concejo deliberante el dictado de   ordenanzas   especiales  sobre   estatutos  de  funcionarios  y  empleados públicos;”. SE ADELANTO EL PUNTO Y SE APROBÓ POR UNANIMIDAD


LA COMISIÓN ASESORA DE TRÁNSITO ELEVÓ, PROYECTO DE ORDENANZA (Expte. Nº 337/23), derogando la Ordenanza Nº 093/2020, en adelante se designará esta Ordenanza como “Ordenanza General de Taxis”.  Se destaca; “Que surge la necesidad de reglamentar  esta cuestión en forma orgánica y actualizando   la  misma,  de  acuerdo  a  las  exigencias   de  la  dinámica  que  las actuales circunstancias  imponen;”

“Que es necesario actuar con el máximo rigor en aquellos casos donde se ponen  en  juego la  vida  de  las  personas,  bienes  de  terceros  y el  patrimonio municipal; Que  se  han producido  en  la  localidad  hechos  incidentes  en  los  que personas con discapacidad no han sido transportados  por empresas de taxis;”

También, “Que se debe  reglamentar  en forma  específica  ésta situación  por ello es que se hace  necesario  incorporar  un  capítulo  especial  en la  Ordenanza  General de Taxis; Que  el Artículo  29  inciso  b) de  la  presente,  contempla  el  caso  de  las personas  que han sufrido  accidentes,  hecho generador  de incapacidad   laboral,  y en este sentido se debe entender la expresión «persona con discapacidad»;”

También, “Que de acuerdo  al convenio entre  la Agencia  Nacional  de Seguridad  Vial del Provincia de Río Negro y la Municipalidad de Villa Regina aprobado mediante Decreto  Municipal  Nº  180  es  responsable  del  trámite  y emisión  de  la  Licencia Nacional de Conducir (LNC);” y “Que dicha comisión trabajó mediante la  nota ingresada  el día 05/07/2023 al Concejo  Deliberante  solicitando una exhaustiva revisión y modificación de la ordenanza vigente Nº 093/2020. Debido que  la misma  afecta la labor diaria y ha quedado desactualizada  en el contexto socioeconómico  actual;”

“Que se trabajó en reiterados encuentros  con los propietarios de taxis, con informe solicitado  a la Dirección  de Tránsito  de la  Municipalidad  de Villa  Regina; con las Ordenanzas 080/11   Tarifa de Taxis; 064/2022 Multas de Tránsito; 081/2021 Transporte  Escolares y el asesoramiento del Asesor Legal del Concejo Deliberante Dr. Adrián Saggina.” LA PRESENTE FUE APROBADA POR UNANIMIDAD

DESDE LA MISMA COMISIÓN SE RECOMENDÓ RECHAZAR LAS OBSERVACIONES SUGERIDAS por el PEM a los Artículos Nº 3 y 4 del PROYECTO DE ORDENANZA Nº 028/23 por considerarse extemporáneo “atento a no haberse devuelto el Proyecto observado en el plazo fijado por la Carta Orgánica (Art. 35), es decir dentro de los diez días hábiles de recepcionado”, y elévese el mismo a Presidencia del Concejo Deliberante, a fin de dar cumplimiento con el mencionado Artículo de la Carta Orgánica Municipal. (Expte. Nº 326/23).- SE APROBÓ POR UNANIMIDAD EL RECHAZO.


LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES ELEVÓ PROYECTO DE COMUNICACIÓN (Expte. Nº 493/23), repudiando en todos sus términos los dichos de la Candidata a Vicepresidenta de la Nación, por la Libertad Avanza, reivindicando una época oscura para todos los Argentinos y Argentinas, que a 40 años de construir nuestra tan joven Democracia, le decimos “Nunca Más”. LA INICIATIVA DE COMUNICACIÓN NO SE APROBÓ; 5 VOTOS POSITIVOS VS 4 VOTOS NEGATIVOS


LA COMISIÓN ASESORA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (Expte. Nº 071/23), adhiriendo en su totalidad a la Ley Provincial Nº 4860, aprobada por la Legislatura de la Provincia de Rio Negro en el año 2013, que regula la existencia y habilitación de Farmacias Veterinarias; en todo el ejido Municipal de la ciudad de Villa Regina.

La ordenanza determina en Artículo 2° “Créese el Registro Municipal de Farmacias Veterinarias de la ciudad de Villa Regina en la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad, cumplimentando la siguiente documentación: a) Título  habilitante  del   Médico  Veterinario, Director  Técnico del establecimiento. b) Matricula profesional habilitada por el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Río Negro. c) Dirección del establecimiento. d) Habilitación de la Secretaria de Ganadería del Ministerio de Agroindustria y Producción de la provincia de Río Negro”.

Agrega, “A los fines de esta Ordenanza, se entiende por animales domésticos de compañía a   perros y gatos, que conviven con las  personas, compartiendo el lugar donde estas residen, los perros y gatos callejeros, de residencia habitual en la calle o lugares públicos sin propietario identificado”.

En artículo 3° determina “Queda terminantemente prohibido el expendio y venta de productos médicos veterinarios , establecidos por la Ley provincial 4860, en todos los establecimientos  que NO  estén registrados como Farmacias Veterinarias por el organismo provincial competente, en todo el ejido Municipal de Villa Regina”.

“Artículo 4°: Entiéndase como Autoridad de aplicación de la Ley provincial 4860, a la Secretaria de Ganadería del Ministerio de Producción y Agroindustria de la provincia de Río Negro o la dependencia que en el futuro la reemplace”. Y artículo 5°: “Entiéndase como Autoridad de Aplicación de la Presente Ordenanza, a la Dirección  de Ambiente y Desarrollo sustentable de la Municipalidad de Villa Regina”.

Y en artículo 6°; “Establézcase un plazo de sesenta (60) días, luego de la promulgación de la presente ordenanza, para la regulación de la correspondiente documentación en el Registro Municipal de Farmacias Veterinarias con asiento en la Dirección de ambiente y Desarrollo sustentable de la Municipalidad de Villa Regina”. LA PRESENTE ORDENANZA FUE APROBADA POR UNANIMIDAD.