
El 15 de junio de 1955 el Congreso Nacional sancionó la ley N°14.408 promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el día 28 por la cual se creó la Provincia de Río Negro y otras 4 más. Por el decreto ley N° 4.347 del 26 de abril de 1957 se facultó a los comisionados federales a convocar al pueblo de las nuevas provincias para que elijan los convencionales que procederían a dictar sus constituciones.
Artículo 1º: Declarándose provincias, de acuerdo con lo establecido en los artículos 13 y 68, inciso 14), de la Constitución nacional a todos los territorios nacionales con los límites que a continuación se expresan:
a) se constituirán tres provincias que tendrán respectivamente los límites de los actuales territorios nacionales de Formosa, Neuquén y Río Negro.
b) se constituirá otra provincia, limitada al Norte por el paralelo 42°; al Este por el Océano Atlántico; al Oeste, con la línea divisoria con la República de Chile y al Sur, con el paralelo 46°.
c) se constituirá otra provincia limitada al norte por el paralelo 46°; al Este por el Océano Atlántico; al Oeste por la línea divisoria con la República de Chile y al Sur con el Polo, comprendidos la Tierra del Fuego, islas del Sur Atlántico y Sector Antártico Argentino.
Artículo 2º: El Poder Ejecutivo Nacional, procederá a convocar las convenciones constituyentes en las ciudades de Formosa, Neuquén, Rawson, Viedma y Río Gallegos, las que serán capitales provisionales de las nuevas provincias (…)
El 10 de diciembre de 1957 fue promulgada la Constitución provincial.