• En el marco de los festejos del día de la República Italiana y del día del Inmigrante Italiano.
• Por el Pacto de Amistad entre Villa Regina y Tesero.
• Y la Ordenanza de Internacionalización de la Ciudad de Villa Regina.
El jueves 01 de junio 12.30 hs se realizará el recibimiento en el Concejo Deliberante de Villa Regina. El Presidente Dr. Edgardo Vega y el cuerpo de Concejales, harán entrega de la distinción de “VISITANTE ILUSTRE DE LA CIUDAD” al Dir. Nicolás Sabuncuyan. Luego, a las 13.00 hs el encuentro prosigue en el Consejo de Planificación y Desarrollo (CO.PL.A.D.E), con la presentación de la Ordenanza “Internacionalización de la ciudad de Villa Regina”.
La distinción aprobada en forma unánime en sesión anterior expresa, “Declárese VISITANTE ILUSTRE DE LA CIUDAD al Director de Asuntos Nacionales (SUNAC) dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Nacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y de Cultos, Sr. SABUNCUYÁN, NICOLÁS DARÍO, en su visita a la ciudad de Villa Regina el día 02 de junio de 2023 en el marco de la Firma del Pacto de Amistad ciudad de Villa Regina con la ciudad de Tesero (Italia)”.
Esta iniciativa se fundamenta en el “Pacto de Amistad que nuestra ciudad está por firmar con la ciudad de Tesero (Región Trentino Alto Adige, Italia), ésta iniciativa viene gestándose desde hace algunos años, iniciando una serie de visitas y encuentros institucionales en ambas ciudades; y fue la Subsecretaría de Asuntos Nacionales quien a través de su Dirección notificó a la Embajada Argentina en Roma y al Consulado General de Italia en Milán para el seguimiento del circuito administrativo hasta llegar a la ciudad de Tesero”.
También, en que “la Dirección de Asuntos Nacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; seleccionó a la ciudad de Villa Regina para ser uno de los disertantes en la «Primera Jornada de Vinculación Internacional de Gobiernos Locales» […] «Pensar Global, Actuar Local» con el objetivo de difundir el hermanamiento que Villa Regina tiene con la ciudad de Cesena (Italia), el nuevo pacto de amistad que Villa Regina firmará con la ciudad de Tesero (Italia) y la ordenanza de Internacionalización de la ciudad de Villa Regina”
La importancia de este tipo de relaciones internacionales requieren de encuentros sostenidos a lo largo del tiempo, de actualización administrativa entre organismos y, “Que teniendo en cuenta la serie de encuentros entre las autoridades de ambas localidades que se han llevado a cabo en los últimos años, en los que se han realizado avances sobre la vinculación”, se busca establecer, fortalecer lazos de intercambio mutuo de información y experiencia en áreas culturales, sociales, deportivas, turísticas, educativas y comerciales.
Adjuntamos, agenda de actividades para ambas jornadas; jueves 01 y viernes 02 de junio.
El Concejal Martín Vesprini inició agradeciendo al cuerpo el gesto de la sesión anterior por el acompañamiento al PACTO DE AMISTAD QUE LA CIUDAD DE VILLA REGINA VA A FIRMAR CON TESERO. “Y solamente, recordarles que este jueves vamos a tener LA DISTINCIÓN DEL VISITANTE ILUSTRE, recibimiento, aquí en esta sala de Nicolás Sabuncuyan, que viene del Ministerio de Relaciones Internacionales Exterior y Culto” invitando al cuerpo de Concejales.
También, el día viernes puntualizó “la firma del PACTO DE AMISTAD QUE SE VA A HACER EN EL CEPYT, en el edificio centro de promoción a la producción y el turismo”. Y, también, resaltó que por la tarde, a las 19 horas, se realizará el acto del “DÍA DE LA REPÚBLICA DE ITALIA, y el sábado 03 junio se conmemora EL DÍA DEL INMIGRANTE ITALIANO”.
En tal sentido, Vesprini aprovechó “este espacio para saludar también a todos los inmigrantes italianos e italianas de Villa Regina y espero también, contar con todos ustedes y la comunidad acompañando estas actividades que se desarrollan jueves, viernes y sábado, Muchas Gracias”
POR SU PARTE, DESDE EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL INGRESÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº 257-23), estableciendo el interés por mora correspondiente a deudas vencidas e impagas de Tasas por Servicios Retributivos y Contribuciones en un porcentaje equivalente al fijado por la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Rio Negro.
Menciona que, “Este recargo será automático sin necesidad de sumario o interpelación previa y se aplicará a partir del primer día hábil siguiente al de promulgación de esta ordenanza”. SE APROBÓ SU PASE A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA.
EN EL RUBRO PROYECTOS, SOLICITUDES Y VARIOS DE BLOQUES ENTRARON LAS SIGUIENTES PROPUESTAS:
DESDE EL BLOQUE J.S.R.N (JUNTOS SOMOS RIO NEGRO) INGRESÓ PEDIDO DE INFORME (EXPTE. Nº268-23), solicitando información acerca del estado de cumplimiento de la Ordenanza Nº078/2020 y el Decreto Nº 098/2020, que adhiere a la Ley Provincial Nº5328 y reglamenta el Cupo Laboral Trans en los ámbitos públicos de la provincia de Río Negro.
El pedido puntualiza sobre: “a) Estado de cumplimiento de la Ordenanza Nº 078/2020 y el Decreto Nº098/2020 la cual adhiere a la Ley Provincial Nº 5328; b) Criterios del área de Recursos Humanos de la Municipalidad de Villa Regina en la elección del personal a desempeñar funciones conforme al Cupo Laboral Trans, es decir, cuales son los conocimientos, requisitos, o puntos que tienen en cuenta al momento de hacer la elección de dicho personal;”
“c) Cuantas personas tiene hoy el Municipio prestando funciones conforme al cupo y en qué estado se encuentra su contratación, es decir, si están por ley 811, facturación, contratos, etc.; d) En qué áreas de la Municipalidad se encuentran desempeñando funciones, es decir, si es en Desarrollo Social, Cultura, Deporte, etc.; e) En caso de existir una lista de personas inscriptas que se remita copia de la misma. En caso de tener un orden de prioridad en relación a las personas inscriptas que se informe criterio utilizado”. SE APROBÓ QUE POR PRESIDENCIA SE ELEVE AL PEM.
DESDE EL MISMO BLOQUE ENTRÓ PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. Nº 269-23), Declarando de Interés Municipal, Social y Deportivo al Grupo de Corredores denominado “Deporte & Running” liderado por sus creadores Miguel Ángel Barría y Carla Malvina Sad. También, propone “Establézcase como una fecha de importancia para la ciudad de Villa Regina el primer miércoles de junio de cada año recordando el Día Mundial del Corredor como una fecha para homenajear a los millones de corredores de todo el mundo y en especial de la ciudad de Villa Regina, que se ejercitan para una calidad de vida más saludable y activa”.
En sus fundamentos resalta: “Que el día Mundial del Corredor es el día que se celebra el placer de correr en todo el Mundo, teniendo como objetivo promover un estilo de vida activo y saludable; Que en Argentina el día del runner, se celebra el primer miércoles de junio, desde el año 2009, denominándose Día Mundial del Corredor (Global Running Day).”
También, “Que en nuestra ciudad en fecha 1 de septiembre del año 2018, nace la conformación del grupo llamado DEPORTE & VIDA RUNNING, el cual cuenta en la actualidad con un centenar de miembros activos (corredores); Que los artífices de su creación fueron el Señor MIGUEL ANGEL BARRIA y la señora CARLA MALVINA SAO, dos destacados atletas, los cuales nos han representado en distintos lugares del país, compitiendo en un alto nivel dejando bien representado el deporte de nuestra localidad; que se destacan por su solidaridad, humildad, sencillez, empática, ayudando siempre para que todos los corredores cumplan con sus objetivos personales, alentando a sumar más kilómetros de bienestar.” SE APROBÓ EL PASE PARA LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES.
POR SU PARTE, EL BLOQUE S.V.R. (SOMOS VILLA REGINA) PRESENTÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº 258-23), Adhiriendo en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 27. 709 que establece la creación de un Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio, en derecho de las niñas, niños y adolescentes, destinada a todas las personas que se desempeñen en el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial en todos sus Niveles y Jerarquías.
Destaca en sus consideraciones; “Que ésta Ley también establece que podrán ser destinatarios del citado plan agentes de las administraciones provinciales, municipales y de organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales, en el marco de convenios de cooperación y colaboración con la autoridad de aplicación de la presente ley.”
También, “Que es fundamental velar por el respeto de la Convención de los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, incorporada a la Constitución Nacional por el Artículo 75°, Inciso 22, y por las disposiciones de la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.”
Y “Que es necesario la realización y difusión de campañas de concientización cuya finalidad sea la promoción y defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes y el buen trato en la vida cotidiana.” PASÓ A LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS-LEGISLACIÓN Y CONSEJO DE LA NIÑEZ.
LA COMISION ASESORA DE TRÁNSITO ELEVÓ EL PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº093-23), Establecer la prioridad de PASO de los vehículos que transitan por la rotonda de la Autovía Nacional 22 y Calle Cipolletti, 25 de Mayo y Sarmiento de acuerdo a lo establecido en el Artículo 43 de la Ley Nacional de Transito Nº 24.449/95. La presente ordenanza indica: “Establézcase que los vehículos quecirculen sobre la autovía Nacional 22 en sentido oeste-este y viceversa deberán detener su marcha y ceder el paso a los vehículos que circulan por el interior de la rotonda” (Art. 2).
También, en Artículo 3 determina, “Colóquese carteles de señalización reglamentaria de «PARE» en ambas manos de la Autovía Nacional 22 antes de la rotonda de intersección con las calles Cipolletti, 25 de Mayo y Sarmiento de nuestra ciudad; Artículo 4: Comuníquese a las autoridades de Vialidad nacional sobre el cambio de la prioridad de paso establecida en los artículos precedentes y modificaciones físicas a realizar en el vértice sureste de la rotonda para permitir la continuidad del tránsito de los vehículos en sentido oeste-este de calle Cipolletti,”
En Artículo 5 recomienda “Realícese campañas de concientización a través de todos los medios de comunicación disponibles de la Municipalidad de Villa Regina del cambio de prioridad de paso establecida en el Artículo1”, además para finalizar establece que “La Dirección de Tránsito y Protección Civil deberá disponer la ubicación de agentes de tránsito por el tiempo que resulte necesario para realizar campañas de concientización y cambio de prioridad de paso de dicha rotonda” SE APROBÓ POR MAYORÍA: 7 VOTOS POSITIVOS VS 1 VOTO NEGATIVO.
DESDE EL BLOQUE F.D.T. (FRENTE DE TODOS) INGRESÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº251-23), PACTO DE AMISTAD entre la ciudad de Villa Regina y la ciudad de Tesero (Italia).
En sus fundamentos se destaca; “Que los lazos históricos, culturales y económicos que unen a la Ciudad de Villa Regina y la Ciudad de Tesero (Italia) desde hace más de 90 años, desde la creación de Villa Regina, que se constituyó como un polo de inmigrantes italianos, y entre los provenientes de la Región Trentino-Alto Adigio, particularmente teseranos;”
“Que reconociendo el importante aporte que han realizado los ciudadanos trentinos a la comunidad de Villa Regina, reflejado en el arraigo de su descendencia que todavía vive la localidad rionegrina, donde es posible hallar apellidos típicos de Tesero;”
También, “Que teniendo en cuenta la serie de encuentros entre las autoridades de ambas localidades que se han llevado a cabo en los últimos años, en los que se han realizado avances sobre la vinculación, buscando establecer lazos de intercambio mutuo de información y experiencia en áreas culturales, sociales, deportivas, turísticas, educativas y comerciales…”
Menciona; “Que disponen celebrar el presente Pacto de Amistad (en adelante «el Pacto»), alcanzando el acuerdo que se desarrolla a continuación: Que los Participantes acuerdan llevar a cabo todas las actividades enmarcadas en el presente Pacto de manera voluntaria; Que se deja expresa constancia que el presente Pacto no conlleva obligaciones financieras de ningún tipo y que, si las Participantes desean crear obligaciones de dicha naturaleza, las mismas deberán ser establecidas en acuerdo por separado, acorde a la legislación nacional vigente en cada uno de los países;”
“Que este documento no está sometido al Derecho Internacional. Todas las actividades implementadas en el ámbito de este Pacto estarán sujetas a las leyes y los reglamentos vigentes en la República Argentina y en la República Italiana”. Presentado por: Concejal y Corresponsal Consular de Italia: Sr. VESPRINI, Martín. Coordinador de los Círculos Trentinos del Sur Argentino: Sr. VERONESI, Rodolfo. SE TRATÓ SOBRE TABLAS Y LUEGO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.
TAMBIÉN, INGRESÓ PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. Nº253-23), PACTO DE AMISTAD ENTRE LA CIUDAD DE VILLA REGINA Y LA CIUDAD DE TESERO (ITALIA). El mismo postula en su artículo 1; “Declárese VISITANTE ILUSTRE DE LA CIUDAD al Director de Asuntos Nacionales (SUNAC) dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Nacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y de Cultos, Sr. SABUNCUYÁN, NICOLÁS DARÍO, en su visita a la ciudad de Villa Regina el día 02 de junio de 2023 en el marco de la Firma del Pacto de Amistad ciudad de Villa Regina con la ciudad de Tesero (Italia)”.
Esta iniciativa se fundamenta en el “Pacto de Amistad que nuestra ciudad está por firmar con la ciudad de Tesero (Región Trentino Alto Adige, Italia), ésta iniciativa viene gestándose desde hace algunos años, iniciando una serie de visitas y encuentros institucionales en ambas ciudades; y fue la Subsecretaría de Asuntos Nacionales quien a través de su Dirección notificó a la Embajada Argentina en Roma y al Consulado General de Italia en Milán para el seguimiento del circuito administrativo hasta llegar a la ciudad de Tesero”.
También, en que “la Dirección de Asuntos Nacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; seleccionó a la ciudad de Villa Regina para ser uno de los disertantes en la «Primera Jornada de Vinculación Internacional de Gobiernos Locales» […] «Pensar Global, Actuar Local» con el objetivo de difundir el hermanamiento que Villa Regina tiene con la ciudad de Cesena (Italia), el nuevo pacto de amistad que Villa Regina firmará con la ciudad de Tesero (Italia) y la ordenanza de Internacionalización de la ciudad de Villa Regina”. SE TRATÓ SOBRE TABLAS Y LUEGO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.
DESDE EL BLOQUE S.V.R. (SOMOS VILLA REGINA) ENTRÓ PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. Nº 255-23), DECLÁRESE DE INTERÉS MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA REGINA EL LIBRO “EMPRENDEDOR PATAGÓNICO: MI CAMINO AL CRECIMIENTO” de Marcos Stelzer, impreso en 2023. Destaca en sus consideraciones; “Que Marco Stelzer es un joven empresario frutícola, quien junto a su familia comenzó a desarrollar, hace dos décadas, una idea inteligente planeada; El libro «Emprendedor Patagónico», escrito por Marco, trata de la experiencia de estar al frente de una empresa familiar de nuestra ciudad, abocada al trabajo de la producción frutícola;”
“EMPRENDEDOR PATAGONICO, busca transmitir, que los recursos económicos, son siempre necesarios, pero cuando no se los tiene, se puede tener una visión. Y ahí es cuando por medio de proyectos se lleva a la realidad esa visión. Por eso el libro menciona la unidad familiar, los esfuerzos sin límites horarios, de interiorizarse de las cosas para seguir aprendiendo;”
Además, puntualiza en “¿Por qué remarcar que este emprendedor es patagónico? Porque su título resalta el orgullo de quienes viven y caminan el sur. Las personas ven un producto terminado, pero el hacedor de la Patagonia sabe de inclemencias, de temperaturas bajo cero, peligrosos ante temporales que pueden destruir gran parte de lo realizado en pocos minutos. Pero el extra y maravilloso marcador, de por qué es especial emprender allí, es para erradicar el pensamiento de que todo sucede en las grandes ciudades;” PASÓ A LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES PARA SU ANÁLISIS.
DESDE INFORMES Y VARIOS DE PRESIDENCIA ENTRÓ PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. Nº254-23), DECLÁRESE LA EMERGENCIA EN SEGURIDAD en todo el ejido de la ciudad de Villa Regina. Indica en su Artículo 2º “Hágase saber al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Río Negro que implemente las acciones que correspondan a los fines de llevar tranquilidad a la población y disponga la realización de un plan de seguridad que contemple a todos los sectores afectados;”
“Artículo 3º Cítese a la Sra. Ministra de Seguridad de la Provincia de Río Negro y al Sr. jefe de la Policía de Río Negro a los efectos de mantener una reunión con carácter urgente con los integrantes del Cuerpo Deliberativo Local e integrantes del Concejo Local de Seguridad Ciudadana;”
Varios puntos son los que fundamentan esta RESOLUCIÓN: recurrentes problemas de inseguridad en la localidad; “Que las quejas de vecinos son constantes, puestas de manifiesto en las reuniones que lleva adelante el Concejo Local de Seguridad Ciudadana”; “se han solicitado acciones concretas al Ministerio de Seguridad, las que la fecha no han sido consideradas”;
También, “Que la falta de acción de una política de Seguridad por parte de dicha dependencia estatal conforme lo establece la Ley 4.200, es la consecuencia directa de los problemas de inseguridad que afectan a la ciudad de Villa Regina”; “Que en reuniones mantenidas con vecinos de la ciudad, estos manifiestan estar cansados de escuchar excusas, justificaciones y promesas de mejoras que nunca llegan”;
“Que existe un faltante de recursos humanos y materiales para que la Policía de Río Negro, pueda desplegar su función”; que es necesario desplegar nuevas estrategias de prevención, capacitación y dotar a la fuerza de elementos funcionales indispensables.
Además, “Que es necesario una reforma del Código Procesal Penal de la Provincia de Río Negro, eliminando aquellos obstáculos que ponen un freno al accionar de Policías y Fiscales en el ejercicio de sus funciones, dado que las vigentes favorecen el funcionamiento de la puerta giratoria, como comúnmente se llama a la liberación inmediata de quienes son apresados cuando comente un delito”
También, se reafirma “Que las normas que se dicten en el futuro, estén basadas en el sentido común, la experiencia y orientadas a la protección de los ciudadanos y sin otro instrumento que la sujeción irrestricta al imperio de la ley”. FUE APROBADO POR UNANIMIDAD EN SESIÓN 23-05-2023.
TAMBIÉN, APROBÓ DOS PROYECTOS DE ORDENANZA Y OTRO DE RESOLUCIÓN.
LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y LEGISLACIÓN ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (Expte. Nº 208-23), No Refrendar el Decreto Nº 070/2023 enviado por el Poder Ejecutivo Municipal al Concejo Deliberante, que aprueba la Contratación Directa con la Firma Comercial TREPAN SRL. SE APROBÓ NO REFRENDAR EL PROYECTO: MAYORÍA DE 7 VOTOS POSITIVOS VS 1 VOTO NEGATIVO.
LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº 123-23), EXCEPTÚESE A LA FUNDACIÓN ESCUELA AGRARIA ALTO VALLE ESTE de la ciudad de Villa Regina, al pago de Tasas en Concepto de Derecho de Construcción, por los planos que como Anexo l forman parte de la presente. Se destaca: “Que es una Escuela Pública de gestión privada, teniendo año tras año un gran crecimiento de la matricula con alumnos provenientes de la ciudad y de ciudades cercanas, siendo un espacio dedicado a la formación de jóvenes en donde prevalece la formación práctica y conceptual, que posibilita la incorporación de la vida laboral o a continuar sus estudios en la Universidad”. Además, fundamenta “Que todo lo referido a funcionamiento edilicio depende de la mínima cuota del alumno y de aportes que realiza la comunidad de Villa Regina”. FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.
Y TAMBIÉN DESDE LA MISMA COMISIÓN SE ELEVÓ, PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. N° 209-23), OTÓRGUESE A LA ASOCIACIÓN CIVIL VALKIRIAS ROSAS VILLA REGINA, un aporte económico por única vez en el mes de mayo de 2023. FUE APROBADO POR UNANIMIDAD EN SESIÓN 23-05-2023.
DESDE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SE ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº 826-22), DONANDO A TÍTULO GRATUITO AL AERO CLUB VILLA REGINA, la fracción resultante del inmueble individualizado como 05-6-190-950, con una superficie aproximada de 119 hectáreas según croquis adjunto y que como Anexo l forma parte integrante de la presente Ordenanza, cuya Mensura de Fraccionamiento y demás gastos que demande la Escritura Traslativa de Dominio, estará a cargo de la Institución beneficiada. En su Artículo 2 destaca que “La donación prevista en el artículo anterior será destinada para el funcionamiento del Aero Club Villa Regina”.
En sus fundamentos se resalta “Que hoy día la institución se encuentra en situación regular (legal, contable e impositivamente) ante la Inspección General de Personería Jurídica y registrada bajo el Nº 125,habiéndose renovado las autoridades de la Comisión Directiva en fecha 2 de agosto del 2022”
“Que asimismo el predio donde se emplaza el Aero Club Villa Regina con sus cuatro pistas cubre una superficie total aproximada de 250 hectáreas, INTEGRADO POR LA PARCELA 06-4-295-020 y fracción a determinar, con una superficie aproximada de 119, hectáreas, de la parcela 05-6-190-050 de la ciudad de Villa Regina, correspondiendo la titularidad dominial de esta última a la Municipalidad de Villa Regina”
También, “Que a los fines de empoderar y jerarquizar a la institución para que pueda progresar y continuar con el desarrollo de sus actividades cumpliendo un fin social, resulta necesario regularizar la situación dominial del predio donde se emplaza el Aero Club Villa Regina, a través de respectiva transferencia del dominio, y sobre el cual viene ejerciendo su posesión en forma pública, pacifica e ininterrumpida desde la fecha de su creación a finales del año 1953, cuyo derecho le asiste por posesión veinteñal”
Y finaliza mencionando que “luego de analizar el Informe elaborado por la Comisión de Planificación y Acción para el Desarrollo (CO.PL.A.DE), se consideran los datos meramente técnicos que acompañan y determinan el presente Proyecto de Ordenanza”. FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.
POR SU PARTE, LA COMISIÓN ESPECIAL DE BECAS ELEVÓ PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. Nº 242-23), OTÓRGASE LAS BECAS O ASISTENCIA ECONÓMICA para estudiantes de Instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación y DD.HH de la Provincia de Río Negro de Educación Primaria Modalidad Educación para Jóvenes y Adultos, Modalidad de Educación Especial, Educación Secundaria, Terciaria, Superior y Universitaria, que como Anexo l forma parte integrante de la presente.
En su Artículo 2 “Se establece un monto mensual para el año 2023 para cada beneficiario, según el nivel al que corresponda, a saber: NIVEL PRIMARIO MODALIDAD ADULTOS Y ESPECIAL, NIVEL MEDIO; de pesos dos mil seiscientos cuarenta ($ 2640,00) Y NIVEL TERCIARIO-UNIVERSITARIO; pesos cinco mil cien ($ 5100,00). Dichos importes se otorgarán por un periodo de nueve (09) meses consecutivos, a partir de marzo 2023 y hasta noviembre 2023, inclusive”.
Artículo 3 “Afectase la correspondiente erogación a la Partida Presupuestaria Nº 3.1.3.04.02.02, del Concejo Deliberante de Villa Regina”. EL PRESENTE FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.