COMUNICADO DE PRENSA: REGLAMENTO SOBRE ARBOLADO URBANO

COMUNICADO DE PRENSA: REGLAMENTO SOBRE ARBOLADO URBANO

El Concejo Deliberante de Villa Regina recuerda a la población que se encuentra EN VIGENCIA LA ORDENANZA 010-2009 SOBRE EL REGLAMENTO PARA EL ARBOLADO URBANO. 👆

✅️Concretamente el Artículo 3 de la citada ordenanza determina: “Prohíbase dañar o destruir total o parcialmente, en forma directa o indirecta el arbolado urbano Municipal. La violación de esta prohibición hará pasible de multa al infractor, variable de acuerdo a la gravedad del daño causado”.

✅️Y la ordenanza prevé en su capítulo “DE LA PODA Y FORMACIÓN DE ESPECIES”, en artículo 26 “como época propicia para la poda: INVERNAL: Desde el 15 de mayo hasta el 30 de julio. (Algunas de las especies presentes en el Arbolado Urbano pueden tener épocas óptimas de tratamiento distintas a las aquí establecidas). EN VERDE: Durante la época de crecimiento vegetativo”.

✅️Además, el Artículo 27 determina que “Cuando se comprobare, que instituciones públicas o privadas hayan realizado poda o corte de ramas sobre los árboles públicos; SIN LA PREVIA AUTORIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO, o estos cortes no correspondan con los establecidos en el «Instructivo de Poda», los responsables serán pasibles a una multa graduada según la gravedad del caso y en función a la cantidad de árboles afectados. Para estos casos, los responsables pasibles de multas serán los propietarios del inmueble y la/s persona/s que realizaron la tarea”.

❇️La mencionada ordenanza se fundamenta considerando “Que el arbolado urbano es un bien de dominio público Municipal; Que los árboles son generadores de un sinnúmero de beneficios, entre ellos: purificar el aire, atenuar los vientos, atemperar los rigores climáticos, filtrar ruidos, formar parte irreemplazable de los ciclos ecológicos vitales y ser fuente inagotable de valores genéticos, paisajísticos y turísticos”.

Disponible en Web. Menú, Digesto.⬇️ Carpeta Año 2009.

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