EL DELIBERANTE DIRIGIÓ A SUS COMISIONES LOS DIFERENTES INGRESOS DE LA SEMANA [SESIÓN 04-04-2023]

EL DELIBERANTE DIRIGIÓ A SUS COMISIONES LOS DIFERENTES INGRESOS DE LA SEMANA [SESIÓN 04-04-2023]

👉DESDE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO INGRESÓ DECRETO Nº 054/23, APROBANDO LA CONTRATACIÓN DIRECTA CON LA FIRMA TREPAN SRL, por la provisión de mercaderías varias con destino al servicio de alimentación escolar, ciclo lectivo 2023, correspondiente a los meses de marzo y abril. (Ad Referéndum). (Expte. Nº 136-23).

El decreto destaca: “Que, atento el carácter urgente y la necesidad de brindar un servicio alimentario en el corto plazo, se encuentra justificada la contratación mediante compra directa, conforme el Artículo Nº 3 Inc. a) de la Ordenanza Nº 067/94, que en su parte pertinente establece que: «Se podrá asimismo contratar directamente en los casos que se indican a continuación, debiendo en cada uno de ellos demostrarse en forma adecuada y exhaustiva, la existencia de las circunstancias invocadas …. a).- Cuando existan razones de verdadera urgencia o casos fortuitos no previsibles y se demuestre que su realización por cualquiera de los procedimientos licitatorios resiente el servicio o perjudique al erario municipal»;”

Agrega, “Que, considerando el estado de emergencia nacional imperante, existe una extrema urgencia para dar respuesta a la necesidad de proveer de alimentos a los niños, a través de los comedores escolares;”

“Que no se están administrando fondos propios que pondrían en riesgo el erario público o alguna de las partidas presupuestarias sino fondos de terceros, que en este caso serán provistos por el Gobierno de la Provincia de Río Negro, con la correspondiente rendición de cuentas a la misma;” También, menciona “Que, en consideración de los fundamentos esbozados, es obligación del PEM garantizar la debida asistencia alimentaria a los niños de nuestra ciudad a través de los comedores escolares locales;”

Y concluyendo resalta, “Que las respectivas partidas presupuestarias de ingresos y egresos correspondientes a Comedores Escolares fueron incluidas en la Ordenanza correspondiente al Presupuesto Municipal para el presente año;” además, “Que, en función de ello, corresponde dictar el acto administrativo pertinente a fin de dar cumplimiento a la contratación de referencia;” EL PRESENTE PASÓ A LAS COMISIONES DE PRESUPUESTO-HACIENDA Y JURÍDICO.

👉TAMBIÉN, DESDE EL PEM ENTRÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. N° 153-23), DECLARANDO la Emergencia Económica Financiera y Administrativa del Estado Municipal de Villa Regina, por el término de 1 año. Destaca que “La presente solicitud se fundamenta principalmente en el déficit que presentan las cuentas municipales y la retracción de los ingresos por tasas retributivas y derechos”

Destaca en sus considerandos; “Que la situación económica actual del Municipio de Villa Regina aún resulta ser extremadamente vulnerable, en tanto continua manteniéndose un considerable desfasaje entre los ingresos y egresos municipales, con lo cual persiste el panorama que ha dado origen al dictado de la Ordenanza antedicha y aún se configura la emergencia económica financiera y administrativa;”

“Que recientemente se han puesto en marcha distintos mecanismos para su recupero, entre los que se encuentran una ordenanza de regularización de deudas con distintas alternativas de pago, un seguimiento a cada contribuyente a través de una Comisión especial, notificaciones específicas, envíos al cobro mediante la Fiscalía Municipal;” Y por esto, “Que no resultan suficientes los mecanismos implementados para acompañar el ritmo inflacionario y reducir el déficit municipal, por lo que se hace imperioso dictar el estado de emergencia municipal;” PASÓ A LAS COMISIONES DE PRESUPUESTO-HACIENDA Y JURÍDICO PARA SU ANÁLISIS.

👉EN EL RUBRO PROYECTOS Y VARIOS DE BLOQUES:

DESDE EL BLOQUE J.S.R.N. (JUNTOS SOMOS RIO NEGRO) INGRESÓ PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. Nº 140-23), DECLARANDO DE INTERÉS MUNICIPAL LA CAMPAÑA DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE COLON, organizada por la Clínica Central SA en conjunto con el HAPVR, durante la semana del 10 de marzo al 07 de abril del corriente año.

La iniciativa destaca “Que mediante Nota ingresada a este Cuerpo, la Clínica Central de Villa Regina en conjunto con el Hospital Área Programa Villa Regina solicitan se considere la campaña de Prevención de cáncer de colón de Interés municipal y social; Que dicha campaña es sin costo para personas de 50 años en adelante, a través de un estudio de búsqueda de sangre oculta en materia fecal;”

“Que las actividades que realizarán motivarán a concientizar sobre la consideración de la prevención del cáncer de colon, haciendo hincapié en la detección precoz y su importancia para aumentar el porcentaje de prevención; Que se intenta desplegar la acción más intensa y sostenida para el diagnóstico oportuno y los cuidados de la salud femenina y masculina, en pos de una mejor calidad de vida de nuestra comunidad;”

Y define “Que durante la semana del 10 de marzo al 07 de abril del corriente año se realizará la campaña de Prevención de Cáncer de colon; Que teniendo en cuenta la incidencia en el bienestar de nuestra comunidad, desde el punto de vista local y regional, por la temática y problemática que se plantea, deja clara la importancia de su abordaje y tratamiento inmediato;” SE APROBÓ EL TRATAMIENTO SOBRE TABLAS Y LUEGO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.

#ConcejoDeliberanteVillaRegina

#villaregina

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ POR UNANIMIDAD DIFERENTES INFORMES DE COMISIONES [SESIÓN 04-04-2023]

EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ POR UNANIMIDAD DIFERENTES INFORMES DE COMISIONES [SESIÓN 04-04-2023]

✅️LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y LEGISLACIÓN ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA, APROBANDO EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DECRETO Nº 206/22, que aprueba en todas sus partes las respectivas Acta Acuerdo y Adenda al Convenio Específico suscripto con el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV). (Expte. Nº 775-22).

En sus consideraciones resalta, “Que mediante Ley Nº 5474 se crea el «PROGRAMA RIO NEGRO SUELO URBANO», cuya autoridad de aplicación es el IPPV con el fin de planificar y desarrollar políticas publicas activas y sostenidas que garanticen el acceso al suelo urbanizado de aquellos rionegrinos que se ven imposibilitados de hacerlo;”

También, “Que la Municipalidad de Villa Regina accedió a dicho programa, poniendo a disposición el inmueble denominado catastralmente como 06-1-8-008-10A a los fines de que se doten de redes de los servicios de agua potable, red eléctrica y alumbrado público a los lotes que surjan de la subdivisión del mismo;”

En concreto, “Que por adenda al Convenio Específico de fecha 28/09/2022, la Municipalidad de Villa Regina acepta y asume la obligación de pago del costo total de la infraestructura para 107 lotes ubicados en Barrio Barazzutti cuyo monto asciende a la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL DOS CON 15/100($22.141.002,15), pagaderos en cien cuotas mensuales y consecutivas, utilizando el métodos de amortización francés con aplicación de una Tasa de Interés del tres por ciento (3%) anual, las que se descontaran del régimen de coparticipación municipal a partir del mes inmediato posterior a la entrega de la obra;”

Y, “Que en consecuencia, en fecha 30/08/2022 y 28/09/2022 las partes celebraron el Acta Acuerdo y Adenda respectivas, de referencia en el Visto; Que corresponde dictar el acto administrativo correspondiente a fin de dar cumplimiento al acuerdo de referencia;” SE APROBÓ POR UNANIMIDAD

✅️TAMBIÉN, LA MISMA COMISIÓN ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº 786-22), derogando la Ordenanza Nº 039/2021 y modificando el Artículo 2 de la Ordenanza Nº 047/2020, adhiriendo a las LEYES NACIONALES DE TRÁNSITO Nº 24.449, 26.363, 27.425 y sus modificatorias y a la LEY PROVINCIAL Nº 5263 y su modificatoria Nº 5379.

El presente fundamenta “Que la Municipalidad de Villa Regina a través del Concejo Deliberante adhirió parcialmente mediante Ordenanza Nº 039/2021 a la Ley Provincial Nº 5263; Que dicha adhesión imposibilita que la Municipalidad de Villa Regina adhiera al programa provincial de Seguridad Vial implementado por el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Rio Negro;”

También agrega, “Que es necesario dictar una nueva ordenanza mediante la cual se adhiera de manera total a la Ley Provincial de Transito Nº 5263 a los fines de suscribir el convenio para implementar el programa provincial de seguridad vial;” Y “Que a través del programa de seguridad vial implementado por el Ministerio de Seguridad Vial de la Provincia de Rio Negro, la Municipalidad de Villa Regina percibirá el 21 % de la totalidad de lo recaudado por las multas a infractores constatadas por los radares ubicados en la autovía nacional 22 km 1128 y 1135;” SE APROBÓ POR UNANIMIDAD

✅️POR SU PARTE, LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA ELEVÓ Proyecto de Ordenanza, aprobando en todos sus términos el Decreto Nº 239/22, que modifica Partidas Presupuestarias correspondientes al año 2022. (Expte. Nº 041-23).

Considerando “Que el Presupuesto de Erogaciones estimado para el año 2022 ha sufrido modificaciones; Que a efectos de cumplir con las obligaciones asumidas se deben efectuar las rectificaciones correspondientes en las distintas partidas presupuestarias para el presente año;” SE APROBÓ POR UNANIMIDAD

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