EN SESIÓN DEL 01-11-22 EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ LOS SIGUIENTES INFORMES DE COMISIONES:

LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y LEGISLACIÓN ELEVÓ PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº 493-20), creando el Programa “Góndola Reginense”, con el fin de impulsar la oferta y demanda de productos manufacturados dentro de la ciudad de Villa Regina, cualquiera sea su naturaleza.

También destaca que “El mismo se implementara de manera obligatoria en todos los comercios destinados a las ventas de productos elaborados en nuestra ciudad, como en establecimiento que forman parte de las cadenas de distribución, comercialización, supermercados, autoservicios y otros rubros, instalados o a instalarse con su correspondiente habilitación, que ocupen una superficie mayor a 100 metros cuadrados y todos los que quieran adherir voluntariamente;”

Además, “Serán beneficiarios del Programa «GONDOLAS REGINENSE», las empresas, Pymes, emprendedores y micro-emprendedores que reúnan los siguientes requisitos: a) Sean elaboradores, fabricantes o confeccionen productos de cualquier índole en la ciudad de Villa Regina. b) Se encuentren dentro de la economía formal o sean tributarios de régimen fiscal o estén habilitados por los Organismo Municipales correspondiente, en las categorías que corresponda”.

Y establece en su artículo 3, “El Programa «GONDOLA REGINENSE», se efectivizara mediante la señalización de manera tal que los Productos locales logren resaltar sobre el resto de los productos exhibidos en el mismo lugar. La señalización se realizara mediante adhesivos y/o carteles circulares de una medida no inferior a 14 cm de diámetro con la leyenda «HECHO EN VILLA REGINA». El Poder Ejecutivo Local queda facultado para el diseño de los resaltadores o señalizadores aplicando las técnicas de marketing o similares que logren destacar los productos locales sobre los demás e induzcan su preferencia para el consumo sobre productos similares” EL PRESENTE FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.

LA COMISIÓN ASESORA DE TRÁNSITO ELEVÓ Proyecto de Ordenanza (Expte. Nº 631-22), modificando el Artículo 8 de la Ordenanza Nº 102/2016, que establecía mano única de circulación a la calle Juan B. Justo, en sentido Oeste-Este y establézcase doble mano de circulación vehicular sobre calle Juan B. Justo, en sentido Oeste-Este y viceversa, entre calles San Lorenzo y Juan XXIII. Y agrega en Artículo 3: “Prohíbase el estacionamiento vehicular sobre el margen norte de calle Juan B: Justo entre calles San Lorenzo y Juan Cruz Varela”

Además estipula en Artículo 4: que “El Poder Ejecutivo Municipal a través del Área que corresponda, deberá en un plazo de quince (15) días hábiles administrativos, contados a partir de promulgada la presente Ordenanza, realizar la señalización correspondiente de conformidad a las reglamentaciones jurídicas vigentes en la materia”. EL PROYECTO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.

LA COMISIÓN PRESUPUESTO Y HACIENDA PROPUSO RECHAZAR EL PROYECTO DE ORDENANZA (EXPTE. Nº 553-22), presentado por el PEM, que establece nuevos importes en los valores de multas de tránsito, por el término de 6 meses, debido a que en Sesión de fecha 20/09/22 se aprobó por mayoría el Proyecto de Ordenanza Nº 067/22 “Nuevo Valor SAM Multas de Tránsito”. SE APROBÓ EL RECHAZO.

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